Segunda oportunidad. La exoneración del pasivo insatisfecho. La buena fe del deudor.

Podrá acceder al mecanismo de la segunda oportunidad y solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho en los términos y condiciones que especifica la Ley Concursal, el deudor persona natural, sea o no empresario, siempre que sea deudor de buena fe (artículo 486 del TRLC).
Derecho Bancario y de consumo. Tarjetas “revolving”. Reciente jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo

Oviedo, 16 de febrero, 2025 . | Luis M. Cabrero Muñiz. Letrado asociado El pleno de la Sala Primera de lo civil de nuestro Tribunal Supremo en sentencia de fecha 30 de enero de 2025, clarifica y determina los criterios para declarar abusivos los intereses de las tarjetas ‘revolving’ por falta de transparencia. El alto […]